<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20260211-68</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2026/02/11</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>. Móstoles. Régimen económico. Prepuesto general</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>35</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/bocm-20260211-68</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/02/11/BOCM-20260211-68.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/02/11/BOCM-20260211-68.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/02/11/BOCM-20260211-68.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/02/11/BOCM-20260211-68.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MÓSTOLES</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES
RÉGIMEN ECONÓMICO
68Móstoles. Régimen económico. Prepuesto general
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20.3 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se hace público el presupuesto general del Ayuntamiento de Móstoles para 2026, que fue aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 8 de enero de 2026, una vez inadmitidas las alegaciones presentadas en el plazo de exposición pública según decretos número 322/26, de 6 de febrero de 2026, y número 341/26, de 9 de febrero de 2026, resultando su aprobación definitiva.




Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
Móstoles, a 10 de febrero de 2026..El concejal-delegado de Hacienda, Presidencia y Recursos Humanos, Alberto Rodríguez de Rivera Morón.
(03/2.069/26)</texto>
</documento>