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    <titulo>. Aranjuez. Organización y funcionamiento. Ordenanza</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>ARANJUEZ</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
50Aranjuez. Organización y funcionamiento. Ordenanza
Anuncio de aprobación de la propuesta inicial de la ordenanza de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) y bicicletas en Aranjuez.
El Pleno de la Corporación del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez, en sesión ordinaria celebrada el 28 de enero de 2026, aprobó inicialmente la ordenanza de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) y bicicletas en Aranjuez y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el texto de la ordenanza y formular reclamaciones, opiniones y sugerencias, que puede consultarse en las siguientes URL:
.	https://www.aranjuez.es/movilidad/participa-en-la-ordenanza-municipal-sobre-vehiculos-de-movilidad-personal-vmp/
.	https://www.aranjuez.es/images/files/transparencia/AinicialVMP.pdf
En el supuesto de que no se presente reclamación, opinión o sugerencia alguna, no será necesaria la adopción de nuevo acuerdo de Pleno y la citada ordenanza se considerará definitivamente aprobada.
Aranjuez, a 30 de enero de 2026..El concejal-delegado de Transporte y Movilidad, David Esteban Fernández Domínguez.
(03/1.539/26)</texto>
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