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    <titulo>Expropiación
. Acuerdo 93/2025, de 30 de octubre, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo al «Proyecto de expropiación de bienes y derechos de titulares no adheridos a la Junta de Compensación del Plan Parcial del Suelo Urbano no Consolidado AU-0S-1 “Barrio San Benito” Norma NSU-PERI 1» en el término municipal de Torrejón de Ardoz</titulo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
30ACUERDO 93/2025, de 30 de octubre, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo al «Proyecto de expropiación de bienes y derechos de titulares no adheridos a la Junta de Compensación del Plan Parcial del Suelo Urbano no Consolidado AU-0S-1 “Barrio San Benito” Norma NSU-PERI 1» en el término municipal de Torrejón de Ardoz.
En virtud del contenido del informe propuesta emitido el 21 de octubre de 2025 por la Dirección General del Suelo relativo al «Proyecto de Expropiación de bienes y derechos de titulares no adheridos a la Junta de Compensación del Plan Parcial del Suelo Urbano no Consolidado AU-0S-1 “Barrio San Benito” Norma NSU-PERI 1», la Comisión de Urbanismo de Madrid en su sesión de 30 de octubre de 2025, ha adoptado el siguiente
ACUERDO
Primero
Aprobar definitivamente el «Proyecto de Expropiación de bienes y derechos de titulares no adheridos a la Junta de Compensación del Plan Parcial del Suelo Urbano no Consolidado AU-0S-1 “Barrio San Benito” Norma NSU-PERI 1» en Torrejón de Ardoz (Madrid).
Los expedientes expropiatorios se seguirán por el procedimiento de tasación conjunta, conforme a lo establecido en el artículo 202 del Reglamento de Gestión Urbanística.
Segundo
El importe a abonar en concepto de valoración de los bienes y derechos afectados por el presente Proyecto de expropiación asciende a la cantidad de 246.081,38 euros.
Las titularidades de los bienes y derechos también podrán sufrir modificaciones como consecuencia de la ulterior comprobación de la documentación justificativa aportada.
Actuará como organismo expropiante el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, siendo el beneficiario de la expropiación la Junta de Compensación del Barrio de San Benito.
Tercero
La aprobación del «Proyecto de Expropiación de bienes y derechos de titulares no adheridos a la Junta de Compensación del Plan Parcial del Suelo Urbano No Consolidado AU-0S-1 “Barrio San Benito” Norma NSU-PERI 1 en Torrejón de Ardoz (Madrid)», conlleva la confirmación de la utilidad pública de las obras y la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, cuya relación se acompaña como anexo a esta Propuesta de resolución, de acuerdo con el art. 203 del Reglamento de Gestión Urbanística, así como el inicio de los correspondientes expedientes expropiatorios, tal como exige el art. 21.1 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Cuarto
El acto de aprobación se notificará individualmente a los titulares de los bienes y derechos afectados a los efectos previstos en el artículo 202.7 del Reglamento de Gestión Urbanística, así como a los efectos del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los interesados que manifiesten disconformidad con la valoración presentarán sus escritos y valoraciones en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, quien remitirá los expedientes individualizados al Jurado Territorial de Expropiación de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 30 de octubre de 2025..El Secretario General Técnico, Secretario de la Comisión de Urbanismo, Manuel Miguel Beceiro Garat.

(02/860/26)</texto>
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