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    <titulo>. Villalbilla. Organización y funcionamiento. Junta Gobierno</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VILLALBILLA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
68Villalbilla. Organización y funcionamiento. Junta Gobierno
De conformidad con lo establecido en el artículo 229 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hacen públicas las resoluciones de Alcaldía adoptadas el 21 de enero de 2026, cuyos extractos se transcriben a continuación:
I.  Que por el alcalde-presidente mediante decreto n.o 2026-0178, de fecha 21 de enero de 2026, se adoptó el siguiente acuerdo:
“Delegar en la Junta de Gobierno Local la competencia para la aprobación de todos los Convenios de Colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Villalbilla”.
II.  Que por el alcalde-presidente mediante decreto n.o 2026-0179, de fecha 21 de marzo de 2026, se acordó lo siguiente:
“Primero.  Modificar el decreto 2025-0274, de fecha 28 de marzo de 2025, de modificación de delegación en determinados concejales de competencias atribuidas a la Alcaldía, atribuyendo la competencia específica de celebración de matrimonios civiles a favor del concejal de la Corporación D. Fernando Huerta Seoane.
Segundo.  Establecer la denominación del área con el siguiente tenor literal: C) Áreas de Seguridad Ciudadana, Policía Local, Protección Civil, Emergencias, Transportes, Movilidad, Tráfico, Desarrollo Económico, Comercio, Empleo, Medio Rural y Celebración de Matrimonios Civiles, a favor del tercer teniente de alcalde D. Fernando Huerta Seoane”.
Lo que se hace público en cumplimiento de la normativa mencionada.
En Villalbilla, a 22 de enero de 2026..El secretario general, Ildefonso Montero Tineo.
(03/1.061/26)</texto>
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