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    <titulo>. Cubas de la Sagra. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CUBAS DE LA SAGRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
52Cubas de la Sagra. Régimen económico. Ordenanza fiscal
Aprobada provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el 18 de diciembre de 2025, la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de ayudas dentro del programa para el desarrollo comercial, social, sanitario y medioambiental de Cubas de la Sagra en los artículos 2, 3, 4, 5, 6, 7 y supresión de la disposición adicional de la ordenanza vigente, se pone en conocimiento general que el expediente aprobado se encuentra expuesto al público en la Secretaría de este Ayuntamiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el plazo de 30 días hábiles, a contar desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Durante dicho plazo los legítimamente interesados podrán examinar el expediente en horario de 9:00 a 14:00 horas y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas ante el Pleno.
De no presentarse ninguna reclamación ni sugerencia durante el período de información pública, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de nuevo acuerdo plenario.
En Cubas de la Sagra, a 23 de enero de 2026..El alcalde-presidente, Antonio Naranjo Martín.
(03/1.120/26)</texto>
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