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    <titulo>. Madrid. Urbanismo. Pleno del Ayuntamiento. Plan especial</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MADRID
URBANISMO
Pleno del Ayuntamiento
47Madrid. Urbanismo. Pleno del Ayuntamiento. Plan especial
Acuerdo del Pleno, de 25 de noviembre de 2025, por el que se aprueba definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos para la implantación de la actividad de bar-restaurante en los locales L20 y L30, sitos en la calle de Fuencarral número 95, solicitado por la entidad 1806 Fuencarral 95, S. L. U., del Distrito de Centro.
El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (14/2025), ordinaria celebrada el día 25 de noviembre de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero..Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos para la implantación de la actividad de bar-restaurante en los locales L20 y L30 sitos en la calle de Fuencarral número 95, solicitado por la entidad 1806 Fuencarral 95, S. L. U., una vez evacuados los trámites exigidos en el Acuerdo de Aprobación Inicial adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 14 de diciembre de 2023.
Segundo..Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Tercero..Dar traslado a los interesados del presente acuerdo, en virtud de lo establecido en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarto..El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos tendrá una vigencia indefinida, a contar desde la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid”.
Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, indicando que ha sido remitido con fecha 28 de noviembre de 2025, un ejemplar del Plan de Ordenación Urbana aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en aplicación de lo previsto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 2 de diciembre de 2025..El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
(02/20.653/25)</texto>
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