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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Distrito de Centro. Plan especial</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MADRID
URBANISMO
Distrito de Centro
42Madrid. Urbanismo. Distrito de Centro. Plan especial
Acuerdo del Pleno, de 22 de diciembre de 2025, por el que se aprueba definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos, para la ampliación de la actividad de Restaurante (Tipo III) en la planta primera para uso privativo del edificio ubicado en la calle de Hortaleza, número 118 (L-20), sin incremento de aforo, solicitado por la entidad Big Mammadrid Food, S .L. U., del Distrito Centro, una vez evacuados los trámites exigidos en el acuerdo de aprobación inicial adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 21 de diciembre de 2023.
El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (16/2025) ordinaria, celebrada el día 22 de diciembre de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero..Desestimar las alegaciones presentadas durante el período de información pública por Juan Manuel Lozano Capote, en representación de la Comunidad de Propietarios de la calle Hortaleza, número 118, Santa Teresa, número 4, número de anotación 2024/0645927, de conformidad con el informe del Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana del Distrito, de fecha 29 de abril de 2025.
Segundo..Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos para la ampliación de la actividad de Restaurante (Tipo III) en la planta primera para uso privativo del edificio ubicado en la calle de Hortaleza, número 118 (L-20), sin incremento de aforo, solicitado por la entidad Big Mammadrid Food, S. L. U., del Distrito Centro, una vez evacuados los trámites exigidos en el acuerdo de aprobación Inicial adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 21de diciembre de 2023.
Tercero..Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Cuarto..Dar traslado a los interesados del presente acuerdo, en virtud de lo establecido en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quinto..El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos tendrá una vigencia indefinida, a contar desde el día de la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid”.
Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, indicando que ha sido remitido con fecha 12 de enero de 2026, un ejemplar del Plan de Ordenación Urbana aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en aplicación de lo previsto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 14 de enero de 2026..El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
(02/627/26)</texto>
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