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    <identificador>BOCM-20260122-21</identificador>
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    <titulo>Convenio
– Adenda de 22 de diciembre de 2025, de primera prórroga y modificación del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Universidad Pontificia de Comillas para la realización de prácticas externas en la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <apartado>D) Anuncios</apartado>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
21ADENDA de 22 de diciembre de 2025, de primera prórroga y modificación del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Universidad Pontificia de Comillas para la realización de prácticas externas en la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea.
En Madrid, a 22 de diciembre de 2025.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid, nombrado por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 213, de 7 de septiembre), actuando en virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 4.3 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la ley estatal 4/1999, de 13 de enero.
Y, de otra parte, D. Jaime Tatay Nieto, que actúa en nombre y representación de la Universidad Pontificia Comillas con domicilio a estos efectos en Madrid, calle Alberto Aguilera, 23 y NIF R 2800395B, en calidad de Vicerrector de Identidad y Misión y de Alumnos y Alumni y con poderes suficientes para firmar el presente convenio, concedidos en base al artículo 16.b) de los Estatutos Generales y en el punto Cuarto de la Resolución 393/2024, de 3 de diciembre, del Rector de la Universidad Pontificia Comillas, por la que se delegan determinadas funciones y facultades en los Vicerrectores y Director para Asuntos Económicos y de Relaciones con Empresas de esta Universidad.
Las partes intervienen en virtud de sus respectivos cargos, y en el ejercicio de las competencias que tienen atribuidas, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para suscribir la presente Adenda de prórroga y modificación, y a tal efecto
EXPONEN
Primero
Que con fecha 23 de diciembre de 2024, se suscribió un convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Universidad Pontificia Comillas.
Segundo
Que, conforme a lo establecido en la cláusula novena del convenio, este entró en vigor en el momento de su firma y tiene una vigencia de un año, siendo prorrogable hasta un máximo de cuatro años adicionales, mediante la celebración de sucesivas prórrogas de un año de duración cada una y que se formalizarán por acuerdo expreso de las partes con antelación a la expiración del convenio.
Tercero
Que, con fecha 23 de diciembre de 2024, entro en vigor el convenio cuya vigencia finaliza el día 22 de diciembre de 2025.
Cuarto
Que, de conformidad con lo establecido en la cláusula novena del convenio, mediante adenda podrá recogerse conjuntamente tanto la formalización de la prórroga del convenio como las modificaciones que los firmantes deseen realizar sobre el contenido del mismo.
Quinto
Que las partes manifiestan su satisfacción por los resultados obtenidos en la colaboración desarrollada considerando necesario realizar la primera prórroga del convenio cuyas obligaciones asumidas se entienden vigentes, según lo que se indica en los apartados siguientes y con las modificaciones que asimismo se contienen.
En consecuencia, con el fin de dar continuidad a la prestación del objeto de dicho Convenio, las partes firmantes de esta Adenda de primera prórroga y modificación, estiman de interés mutuo y necesario continuar con dicha colaboración de conformidad a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto de la Adenda y vigencia
Las partes firmantes acuerdan, mediante la presente Adenda, la primera prórroga del convenio firmado en fecha 23 de diciembre de 2024, así como las modificaciones que en las siguientes cláusulas se recogen.
Los efectos de la presente Adenda se extenderán desde el día 23 de diciembre de 2025 hasta el 22 de diciembre de 2026.
Segunda
Modificación de la cláusula Primera del Convenio
Las partes firmantes acuerdan la modificación del primer párrafo de la cláusula Primera, relativa al objeto y compromisos de las partes firmantes del convenio, quedando la redacción como sigue:
“Constituye el objeto del presente convenio la realización de prácticas externas curriculares y extracurriculares (en adelante, prácticas externas) por el alumnado matriculado en estudios oficiales de grado o máster que imparte la Universidad Pontificia Comillas”.
Tercera
Modificación de la cláusula Segunda del Convenio
Las partes firmantes acuerdan la modificación del último párrafo del punto 5 de la cláusula Segunda, relativa a las condiciones y requisitos de las prácticas, quedando la redacción como sigue:
“En los supuestos de faltas reiteradas de puntualidad, asistencia, incorrecto comportamiento del alumnado o perturbación del normal funcionamiento del centro directivo donde se realicen las prácticas externas, la Comunidad de Madrid podrá suspender dichas prácticas de manera inmediata y cautelar, poniendo los hechos producidos en conocimiento de la Universidad a la mayor brevedad para que esta adopte las medidas que considere oportunas”.
Cuarta
Modificación de la cláusula Cuarta del Convenio
Las partes firmantes acuerdan la modificación del apartado a) del punto 1 de la cláusula Cuarta, relativa a las condiciones específicas de las prácticas externas, quedando la redacción como sigue:
“Cumplir los horarios y seguir las normas fijadas por el centro directivo donde se realicen las prácticas externas”.
Quinta
Modificación de la cláusula Octava del Convenio
Las partes firmantes acuerdan la modificación del punto 4 de la cláusula Octava, relativa a la comisión de seguimiento y control de las prácticas externas, quedando la redacción como sigue:
“4.  Por parte de la Universidad Pontificia Comillas:
.	Directora del Servicio de Orientación en Carreras Profesionales, Prácticas y Empleo, o persona en quien delegue.
.	Dos empleados de la Universidad Pontificia Comillas”.
Sexta
Obligaciones de las partes
Las partes intervinientes se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones precisas, dirigidas a dar continuidad al objeto de la colaboración.
Las obligaciones y compromisos asumidas por las partes en el convenio suscrito el 23 diciembre de 2024 y que se consideran no modificados por el presente acuerdo de prórroga, se entenderán vigentes hasta la extinción del convenio prorrogado por el transcurso de los plazos señalados en la cláusula primera de esta Adenda de prórroga y modificación.
Séptima
Régimen jurídico
Esta adenda se rige por lo dispuesto en la normativa de aplicación en el momento de la firma del Convenio.
En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes firman esta Adenda de prórroga y modificación, en el lugar señalado en el encabezamiento y a la fecha de la última de las firmas.
Madrid, a 22 de diciembre de 2025..El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel García Martín..El Vicerrector de Identidad y Misión y de Alumnos y Alumni, Jaime Tatay Nieto.
(03/275/26)</texto>
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