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    <titulo>Convenio
– Adenda de 22 de diciembre de 2025, de primera prórroga del convenio en materia de asistencia jurídica entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid (FENERCOM)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>D) Anuncios</apartado>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
24ADENDA de 22 de diciembre de 2025, de primera prórroga del convenio en materia de asistencia jurídica entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid (FENERCOM).
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid, nombrado por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio de 2023), actuando en representación de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Pedro Requés Fernández, actuando en nombre y representación de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid (FENERCOM), en su condición de Director Gerente de la Fundación, en virtud de su nombramiento llevado a cabo por el Patronato el 5 de diciembre de 2023, según consta en la escritura de elevación a público de acuerdos sociales formalizada ante el Notario de Madrid D. Ignacio Gil-Antuñano Vizcaíno, con fecha 27 de junio de 2024 y número de protocolo 3113, y haciendo uso de las facultades.
Las partes se reconocen capacidad y competencia suficientes para formalizar la presente Adenda de prórroga y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero
Con fecha de 6 de marzo de 2025 fue suscrito el Convenio de asistencia jurídica a Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid (FENERCOM), pactándose una duración inicial del mismo que finaliza el 31 de diciembre de 2025.
Dicho convenio tiene por objeto establecer el marco regulatorio de la asistencia y asesoramiento jurídico y/o representación y defensa en juicio realizada por los Letrados de la Comunidad de Madrid a Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid (FENERCOM), a tenor de las exigencias legales previstas en la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, y su normativa de desarrollo.
Segundo
El artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, regula la duración y régimen de prórrogas de los convenios, disponiendo su apartado 2.o que, en cualquier momento anterior a la finalización del plazo de vigencia pactado, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales o su extinción. En términos semejantes se expresa la cláusula cuarta del convenio cuya prórroga se pretende.
Tercero
Antes de la expiración de la vigencia del convenio, las partes estiman conveniente acordar su prórroga por un año más, hasta el 31 de diciembre de 2026, al resultar satisfactoria la colaboración alcanzada en virtud del mismo.
Por todo lo expuesto, suscriben la presente Adenda de acuerdo con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Prórroga del convenio
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y la cláusula 4.a del Convenio, las partes acuerdan prorrogar el Convenio de asistencia jurídica a Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, de 6 de marzo de 2025, hasta el 31 de diciembre de 2026.
Segunda
Mantenimiento y vigencia del resto de cláusulas
Todas las restantes obligaciones asumidas por las partes firmantes en virtud del Convenio que ahora se prorroga se mantienen expresamente vigentes y sin cambios hasta la expiración del plazo de prórroga objeto de la presente Adenda.
Y, siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente Adenda de prórroga, con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmada en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las partes.
En Madrid, a 22 de diciembre de 2025..El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid, Miguel Ángel García Martín..El Director Gerente de FENERCOM, Pedro Requés Fernández.
(03/39/26)</texto>
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