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    <titulo>Convenio
– Adenda de 11 de diciembre de 2025, de segunda prórroga del convenio en materia de asistencia jurídica entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y el Consorcio Urbanístico “Leganés Norte”, en liquidación, de Leganés (Madrid)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>D) Anuncios</apartado>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
19ADENDA de 11 de diciembre de 2025, de segunda prórroga del convenio en materia de asistencia jurídica entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y el Consorcio Urbanístico “Leganés Norte”, en liquidación, de Leganés (Madrid).
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid, nombrado por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio de 2023), actuando en representación de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Rafael García González, como Presidente del Consorcio Urbanístico “Leganés Norte” de Leganés, y actuando como tal, de conformidad con la Orden 2471/2017, del Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 194, de 16 de agosto de 2017), por la que se nombra Presidente y Vocales de determinados Consorcios Urbanísticos en representación de la Comunidad de Madrid, según la cual, se nombra Presidente “al titular de la Viceconsejería competente en materia de urbanismo”, y con el Decreto 138/2023, de 5 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 159, de 6 de julio de 2023), en el que se acuerda su nombramiento como Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio; y D. Ramón Cubián Martínez, Director General de Suelo, nombrado por Decreto 151/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 159, de 6 de julio de 2023), actuando en condición de Vocal del Consejo de Administración representante de la Comunidad de Madrid, de forma mancomunada en representación del citado Consorcio Urbanístico en virtud de delegación efectuada por acuerdo del Consejo de Administración del mismo de fecha 6 de junio de 2024.
Las partes se reconocen capacidad y competencia suficientes para formalizar la presente Adenda de prórroga y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero
Con fecha de 20 de junio de 2024 fue suscrito el Convenio de asistencia jurídica al Consorcio Urbanístico “Leganés Norte”, en liquidación, en Leganés (Madrid), pactándose una duración inicial del mismo que finaliza el 31 de diciembre de 2024.
Con fecha 19 de noviembre de 2024, se ha firmado la primera prórroga del mencionado Convenio de asistencia jurídica por una anualidad más, la cual por tanto finalizará el próximo 31 de diciembre de 2025.
Dicho convenio tiene por objeto establecer el marco regulatorio de la asistencia y asesoramiento jurídico y/o representación y defensa en juicio realizada por los Letrados de la Comunidad de Madrid de la Comunidad de Madrid al Consorcio Urbanístico “Leganés Norte”, en liquidación, de Leganés (Madrid), a tenor de las exigencias legales previstas en la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, y su normativa de desarrollo.
Segundo
El artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, regula la duración y régimen de prórrogas de los convenios, disponiendo su apartado 2.o que, en cualquier momento anterior a la finalización del plazo de vigencia pactado, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales o su extinción. En términos semejantes se expresa la cláusula cuarta del convenio cuya prórroga se pretende.
Tercero
Antes de la expiración de la vigencia del convenio, las partes estiman conveniente acordar su prórroga por un año más, hasta el 31 de diciembre de 2026, al resultar satisfactoria la colaboración alcanzada en virtud del mismo.
Por todo lo expuesto, suscriben la presente Adenda de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Prórroga del convenio
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y la cláusula 4.a del Convenio, las partes acuerdan prorrogar el Convenio de asistencia jurídica al Consorcio Urbanístico “Leganés Norte”, en liquidación, de Leganés (Madrid), de 20 de junio de 2024, hasta el 31 de diciembre de 2026.
Segunda
Mantenimiento y vigencia del resto de cláusulas
Todas las restantes obligaciones asumidas por las partes firmantes en virtud del Convenio que ahora se prorroga se mantienen expresamente vigentes y sin cambios hasta la expiración del plazo de prórroga objeto de la presente Adenda.
Y, siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente Adenda de prórroga, con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmada en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las partes.
En Madrid, a 11 de diciembre de 2025..El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid, Miguel Ángel García Martín..Por el C. U. “Leganés Norte”, Rafael García González y Ramón Cubián Martínez.
(03/64/26)</texto>
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