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    <titulo>– Galapagar. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR
RÉGIMEN ECONÓMICO
61Galapagar. Régimen económico. Ordenanza fiscal
El Pleno municipal, en la sesión ordinaria celebrada el 18 de diciembre de 2025, adoptó acuerdo de aprobación provisional de modificación de la ordenanza fiscal 14/2026, reguladora de la tasa por la tramitación o expedición de documentos administrativos.
De conformidad con el art. 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público por plazo de treinta (30) días hábiles en el tablón de la sede electrónica de este Ayuntamiento ( https://sede.galapagar.es ), para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas ante el Pleno del Ayuntamiento.
De no presentarse reclamaciones dentro del plazo establecido, se entenderá aprobada definitivamente, sin necesidad de nuevo acuerdo.
En Galapagar, a 12 de enero de 2026..La alcaldesa-presidente, por delegación (decreto Alcaldía 194/2025, 15 de enero)..El quinto teniente de alcalde, delegado del Área de Hacienda, Román Robles Valdés.
(03/316/26)</texto>
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