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    <titulo>– Talamanca de Jarama. Régimen económico. Presupuesto general</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TALAMANCA DE JARAMA
RÉGIMEN ECONÓMICO
87Talamanca de Jarama. Régimen económico. Presupuesto general
De conformidad con lo establecido en el artículo 169.3 del TRLRHL, y una vez transcurrido el plazo de exposición al público del presupuesto general de este Ayuntamiento para el ejercicio 2026, mediante anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 295, de fecha 11 diciembre de 2025, sin haberse presentado alegaciones al respecto, se eleva a definitivo el acuerdo de aprobación inicial del presupuesto general de esta Entidad para el año 2026, adoptado en sesión ordinaria celebrada el 27 de noviembre de 2025. En consecuencia, procede a su publicación a efectos de su entrada en vigor, haciéndose público lo siguiente:

Asimismo, y en cumplimiento con lo establecido en el artículo 126 del TRLLRL, a continuación, se incluye el resumen de la plantilla de personal de este Ayuntamiento, aprobada conjuntamente con el presupuesto:




Contra la aprobación definitiva del presupuesto general, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción, según lo dispuesto en el artículo 171.1 del TRLRHL y artículo 23.1 del RD 500/90.
En Talamanca de Jarama, a 8 de enero de 2026..El alcalde-presidente, Juan Manuel García Sacristán.
(03/198/26)</texto>
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