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    <titulo>– Serranillos del Valle. Régimen económico. Ordenanza fiscal recogida animales</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SERRANILLOS DEL VALLE
RÉGIMEN ECONÓMICO
78Serranillos del Valle. Régimen económico. Ordenanza fiscal recogida animales
Por el Pleno de este Ayuntamiento, en su sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2025, se aprobó inicialmente la modificación del articulado de la ordenanza fiscal n.o 13 reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida de animales de compañía y/o domésticos a domicilio y de la vía pública del Ayuntamiento de Serranillos del Valle. De conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, dicha ordenanza se somete por medio del presente a información pública durante el plazo de treinta días.
Durante dicho plazo podrán presentarse las reclamaciones y sugerencias que se estimaren. Esta aprobación se entenderá como definitiva en el caso de que durante el plazo de información pública no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia.
La modificación de la ordenanza puede ser examinada en el Ayuntamiento de Serranillos del Valle.
En Serranillos del Valle, a 23 de diciembre de 2025..El alcalde-presidente, Rubén Fernández Díaz.
(03/21.515/25)</texto>
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