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    <titulo>– Cabanillas de la Sierra. Régimen económico. Presupuesto general</titulo>
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    <organismo>CABANILLAS DE LA SIERRA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
76Cabanillas de la Sierra. Régimen económico. Presupuesto general
Acuerdo del Pleno de fecha 18 de noviembre de 2025 de Cabanillas de la Sierra, por el que se aprueba definitivamente el presupuesto general para el ejercicio 2026.
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto general del ejercicio 2026, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
1.  Resumen por capítulos:

2.  Plantilla presupuestaria:
A)	Funcionarios de carrera:
.	1 plaza de Secretario-Interventor-Tesorero (A1), vacante, cubierta temporalmente en régimen de acumulación.
.	4 plazas de Policía Local (C2), con 2 vacantes.
.	1 plaza de Arquitecto (A1), vacante; agrupación para sostenimiento en común del puesto al 50 % con Valdemanco (pendiente de aprobación definitiva).
.	1 plaza de AEDL (A2), vacante, sin previsión de cobertura.
B)	Personal laboral fijo:
.	AEDL: 1 (A2), ocupada.
.	Oficial administrativo: 1 (C2), ocupada.
.	Encargado SS. MM.: 1 (D1), ocupada.
.	Auxiliar administrativo: 2 (D4), ocupadas.
.	Oficial 1.a (Jardinero): 2 (D2), ocupadas.
.	Oficial 1.a Servicios Múltiples: 1 (D2), ocupada.
.	Oficial 2.a Servicios Múltiples: 1 (D2), ocupada.
.	Educadora Casa Niños: 3 (C1), con 1 vacante cubierta temporalmente por bolsa de empleo temporal.
.	Monitor deportivo: 2 (D5), ocupadas.
.	Limpiadoras: 4 (E2), a jornada parcial, ocupadas.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid con sede en Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Cabanillas de la Sierra, a 19 de diciembre de 2025..El alcalde, Fernando Tárraga Enamorado.
(03/21.364/25)</texto>
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