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    <titulo>– San Martín de Valdeiglesias. Personal. Convocatoria proceso selectivo</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS
PERSONAL
94San Martín de Valdeiglesias. Personal. Convocatoria proceso selectivo
Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias de fecha 16 de diciembre de 2025, se han aprobado las bases y la convocatoria para cubrir 1 plaza con la categoría de Jefe de Negociado de Tesorería y Rentas para el Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias, por promoción interna, mediante concurso-oposición, se abre un plazo de presentación de solicitudes que será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”.
El contenido íntegro de las bases se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://sanmartindevaldeiglesias.sedelectronica.es y en el tablón de anuncios.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en la Sede Electrónica del Ayuntamiento ( http://sanmartindevaldeiglesias.sedelectronica.es ), y en el tablón de anuncios.
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante Alcaldesa de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En San Martín de Valdeiglesias, a 18 de diciembre de 2025..La alcaldesa-presidenta Aránzazu Povedano Fraguela.
(01/21.231/25)</texto>
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