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    <titulo>– Alcorcón. Organización y funcionamiento. Reglamento Distinciones Honoríficas</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
51Alcorcón. Organización y funcionamiento. Reglamento Distinciones Honoríficas
En cumplimiento del artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local y del artículo 211 del Reglamento Orgánico Municipal, se hace público que el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 26 de noviembre de 2025, adoptó el acuerdo 11/153, por el que se aprobaba inicialmente el Proyecto de Reglamento de Distinciones Honoríficas del Ayuntamiento de Alcorcón.
El expediente podrá ser examinado en el plazo de treinta días hábiles, a contar desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en las dependencias de este Ayuntamiento, pudiendo presentar en dicho plazo, ante el Pleno, las reclamaciones y sugerencias que estimen procedentes. Asimismo, durante dicho plazo, el texto del Proyecto de Reglamento de Distinciones Honoríficas del Ayuntamiento de Alcorcón, será expuesto en la página web municipal, apartado “Transparencia/Publicidad activa/Información jurídica” para su consulta.
En caso de no presentarse reclamación o alegación alguna, se entenderá aprobado definitivamente el texto del Reglamento de Distinciones Honoríficas del Ayuntamiento de Alcorcón, conforme a lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y artículo 212 del Reglamento Orgánico Municipal, siendo precisa su publicación en los términos previstos en el artículo 70.2 de la citada Ley 7/1985, para su entrada en vigor.
En Alcorcón, a 4 de diciembre de 2025..El coordinador general de Alcaldía, Pedro Antonio Moreno Rodenas.
(03/20.204/25)</texto>
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