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    <titulo>– Velilla de San Antonio. Régimen económico. Calendario fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>287</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>VELILLA DE SAN ANTONIO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO
RÉGIMEN ECONÓMICO
82Velilla de San Antonio. Régimen económico. Calendario fiscal
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de noviembre de 2025, acordó la aprobación calendario fiscal 2026:
.	IVTM (plazo de ingreso):
	2 de febrero al 2 de abril.
	Domiciliados 16 de marzo.
.	IBI urbana, rustica, tasa aceras (plazo de ingreso):
	1 de abril a 1 Junio.
	Domiciliados 1 junio.
.	Tasa de residuos sólidos urbanos (plazo de ingreso):
	1 de junio a 31 de julio.
	Domiciliados 15 de julio.
.	IAE (plazo de ingreso):
	1 de septiembre a 3 de noviembre.
	Domiciliados 3 de noviembre.
Sistema especial de pagos (plazo de ingreso):
.	1.a cuota: 16 de febrero.
.	2.a cuota: 15 de abril.
.	3.a cuota: 16 de junio.
.	4.a cuota: 17 de agosto.
.	5.a cuota: 15 de octubre.
.	6.a cuota: 15 de diciembre.
Este anuncio surtirá efecto de notificación a los sujetos pasivos, de igual manera se comunica que el plazo de cobro en período voluntario de los mencionados impuestos y tasas.
Los recibos podrán ser abonados en cualquier sucursal de CaixaBank, Ibercaja, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Banco Santander y Eurocaja Rural, en los horarios que establezcan dichas entidades.
Igualmente se podrán abonar por tarjeta bancaria (TPV) en el propio Ayuntamiento de Velilla de San Antonio, en horario de oficina y en la página web del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio ( https://pagotributos.ayto-velilla.es/ ).
Advertencia: que transcurrido el plazo de ingreso voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, a los que se refiere el artículo 28 de la Ley General Tributaria 58/2003.
Velilla de San Antonio, a 21 de noviembre de 2025..La alcaldesa, Antonia Alcázar Jiménez.
(01/19.246/25)</texto>
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