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    <titulo>– San Fernando de Henares. Urbanismo. Plan parcial</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES
URBANISMO
71San Fernando de Henares. Urbanismo. Plan parcial
Publicado el presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 271, de fecha 13 de noviembre de 2025, en su página 96, se procede nuevamente a su publicación completa.
Aprobación inicial modificación 1.o del Plan Parcial del SUPTO-1  del PGOU de San Fernando de Henares
En la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local, el día 24 de septiembre de 2025, se adoptó por unanimidad el acuerdo de conformidad con la propuesta formulada por la Concejalía-Delegada de Planificación y Desarrollo Sostenible, cuyo tenor literal es el siguiente:
Primero..Admitir a trámite y aprobar inicialmente la modificación 1.a del Plan Parcial del sector SUP-TO1 del PGOU, promovido por Inversiones Inmobiliarias Canvives, S. A. U., de conformidad con lo establecido en el artículo 59 en relación con el 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Segundo..Someter el expediente al trámite de información pública, por plazo de un mes, mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en un periódico de los de mayor difusión y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas y solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. Durante el citado trámite y en cualquier caso, antes de la aprobación definitiva, deberán incorporarse las cuestiones técnicas previstas en el informe técnico y que serán remitidas al promotor.
Tercero..Remitir el documento a la Consejería competente en materia de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, a efectos de lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
Cuarto..Notificar individualmente a todos los propietarios afectados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4.b) 1.o de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Lo que se hace público para general conocimiento, comunicando que el documento aprobado inicialmente se podrá consultar en la web municipal https://www.ayto-sanfernando.com/transparencia-en-materias-de-urbanismo-obras-publicas-y-medioambiente-2/ y, previa cita, en el Departamento de Urbanismo del Ayuntamiento, de lunes a viernes en horario de 9:00 a 14:00 horas, durante el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En San Fernando de Henares, a 14 de noviembre de 2025..El concejal-delegado de Planificación y Desarrollo Sostenible (Urbanismo, Industria y Vivienda), Rodrigo Santos Rozalén.
(01/18.803/25)</texto>
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