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    <identificador>BOCM-20251125-20</identificador>
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    <departamento>CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA  E INTERIOR</departamento>
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    <fecha_publicacion>2025/11/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Extracto convocatoria subvenciones
– Extracto de la Orden 3752/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la se amplía la cuantía del crédito presupuestario consignado en la Orden 2086/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se procede a la apertura y convocatoria de participación en el programa agroambiental 2025-2029 de ayudas a la adopción y mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General del Estado y por la Comunidad de Madrid y la solicitud de pago de la primera anualidad de dicho programa agroambiental correspondiente al 2025</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>281</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA  E INTERIOR</organismo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
20EXTRACTO de la Orden 3752/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la se amplía la cuantía del crédito presupuestario consignado en la Orden 2086/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se procede a la apertura y convocatoria de participación en el programa agroambiental 2025-2029 de ayudas a la adopción y mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General del Estado y por la Comunidad de Madrid y la solicitud de pago de la primera anualidad de dicho programa agroambiental correspondiente al 2025.
Extracto de la Orden 3752/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la se amplía la cuantía del crédito presupuestario consignado en la Orden 2086/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se procede a la apertura y convocatoria de participación en el programa agroambiental 2025-2029 de ayudas a la adopción y mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General del Estado y por la Comunidad de Madrid y la solicitud de pago de la primera anualidad de dicho programa agroambiental correspondiente al 2025.
BDNS (836675)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones  ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).
Primero
Ampliación del crédito
Para el cumplimiento de la finalidad establecida en la convocatoria de la Orden 2086/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior por la que se procede a la apertura y convocatoria de participación en el programa agroambiental 2025-2029 de ayudas a la adopción y mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General del Estado y por la Comunidad de Madrid y la solicitud de pago de la primera anualidad de dicho programa agroambiental correspondiente al 2025, se amplía en 750.000 euros el crédito presupuestario del programa agroambiental 2025-2029, de manera que la cuantía final del presupuesto de la convocatoria es de 1.500.000 euros, con cargo a la Partida 77306 del Programa de Gastos 411A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, con la siguiente distribución:
.	Primera (2025): 300.000 euros.
.	Segunda (2026): 300.000 euros.
.	Tercera (2027): 300.000 euros.
.	Cuarta (2028): 300.000 euros.
.	Quinta (2029): 300.000 euros.
La publicación de esta Orden no implicará la apertura de un nuevo plazo para presentación de nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver y se hace con carácter previo a la concesión de las ayudas con cargo al crédito ampliado.
Segundo
Recursos administrativos
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sin perjuicio de cuantos otros estime oportuno deducir.
En Madrid, a 13 de noviembre de 2025..El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, P. D. (Orden 984/2024 de 15 de marzo, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 72 de 25 marzo), el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio, Rafael García González.
(03/18.936/25)</texto>
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