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    <titulo>– Aranjuez. Régimen económico. Ordenanza prestaciones económicas</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
62Aranjuez. Régimen económico. Ordenanza prestaciones económicas
El Pleno de esta Corporación Municipal, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de julio de 2025, aprobó inicialmente la ordenanza reguladora de las prestaciones económicas y en especie del Sistema Público de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Aranjuez y, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se sometió el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que fue publicado con fecha 12 de agosto de 2025.
Dentro del citado plazo de treinta días, con fecha 11 de septiembre de 2025, se presentaron formalmente alegaciones y sugerencias que fueron objeto de debate y resolución en el Pleno de la Corporación de fecha 29 de octubre de 2025, procediéndose finalmente, a la aprobación definitiva de la ordenanza reguladora de las prestaciones económicas y en especie del Sistema Público de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Aranjuez.


































Aranjuez, a 5 de noviembre de 2025..La concejal-delegada de Bienestar Social, María Mercedes Rico Téllez.
(03/18.241/25)</texto>
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