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    <identificador>BOCM-20251107-22</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA  E INTERIOR</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2025/11/07</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2025/09/16</fecha_disposicion>
    <titulo>Concesión ayudas
– Resolución de 16 de septiembre de 2025, de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, de 16 de septiembre de 2025, por la que se da publicidad a la relación de ayudas y subvenciones concedidas en el procedimiento de concesión directa por la que se convocan la concesión de ayudas a la movilidad eficiente y sostenible del Programa MOVES II-Año 2020, de las Actuaciones 1, 2, 3 y 4, desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>266</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA  E INTERIOR</organismo>
    <organismo>Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid</organismo>
    <tipo_disposicion>RESOLUCIÓN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
FUNDACIÓN DE LA ENERGÍA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
22RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2025, de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, de 16 de septiembre de 2025, por la que se da publicidad a la relación de ayudas y subvenciones concedidas en el procedimiento de concesión directa por la que se convocan la concesión de ayudas a la movilidad eficiente y sostenible del Programa MOVES II-Año 2020, de las Actuaciones 1, 2, 3 y 4, desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Mediante Real Decreto 569/2020, de 16 de junio, y la Disposición final primera del Real Decreto 587/2020, de 23 de junio, se regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II), y se establecen las normas especiales, con el carácter de bases reguladoras para la concesión directa de ayudas, en forma de subvenciones a las Comunidades Autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla.
Mediante Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid de 30 de junio de 2020 se convocó la concesión de ayudas dirigidas a incentivar la “Actuación 1: Adquisición de vehículos de energías alternativas” a través del programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II)-Año 2020.
Mediante Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid de 5 de agosto de 2020 se convocó la concesión de ayudas dirigidas a incentivar la “Actuación 2: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos” a través del programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II)-Año 2020.
Mediante Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid de 17 de septiembre de 2020 se convocó la concesión de ayudas dirigidas a incentivar la “Actuación 3: Implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas” y la Actuación 4: Implantación de medidas de movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II) y se amplía la dotación presupuestaria de las Actuaciones 1 y 2 de dicho Programa-Año 2020.
En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en las disposiciones vigentes y una vez concedidas las ayudas a los destinatarios últimos por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid en el período comprendido entre el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022.
DISPONE
Primero
Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en los términos establecidos en el artículo 7, apartado 3 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid la relación de ayudas concedidas conforme a la Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid de 30 de junio de 2020 por la que se convocó la concesión de ayudas dirigidas a incentivar la “Actuación 1: Adquisición de vehículos de energías alternativas” a través del programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II)-Año 2020, desde 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022.
Segundo
Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en los términos establecidos en el artículo 7, apartado 3 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, la relación de ayudas concedidas conforme a la Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid de 5 de agosto de 2020 por la que se convocó la concesión de ayudas dirigidas a incentivar la “Actuación 2: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos” a través del programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II)-Año 2020, desde 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022.
Tercero
Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en los términos establecidos en el artículo 7, apartado 3 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid la relación de ayudas concedidas conforme a la Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid de 17 de septiembre de 2020 por la que se convocó la concesión de ayudas dirigidas a incentivar la “Actuación 3: Implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas” y la Actuación 4: Implantación de medidas de movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II) y se amplía la dotación presupuestaria de las Actuaciones 1 y 2 de dicho Programa-Año 2020, desde 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022.
Cuarto
Contra la presente Resolución se podrá interponer potestativamente recurso de reposición, ante la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.
Madrid, a 16 de septiembre de 2025..El Director-Gerente de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, José Pedro Reques Fernández.




(03/17.604/25)</texto>
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