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    <identificador>BOCM-20251103-39</identificador>
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    <fecha_publicacion>2025/11/03</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2025/10/08</fecha_disposicion>
    <titulo>Concesión premios
– Orden 4806/2025, 8 de octubre de 2025, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades por la que se declara el desistimiento expreso de once solicitudes presentadas en la convocatoria del XVI Torneo Escolar de Debate de la Comunidad de Madrid correspondiente al curso escolar 2024-2025</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES
39ORDEN 4806/2025, 8 de octubre de 2025, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades por la que se declara el desistimiento expreso de once solicitudes presentadas en la convocatoria del XVI Torneo Escolar de Debate de la Comunidad de Madrid correspondiente al curso escolar 2024-2025.
Mediante la Orden 991/2017, de 4 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, se aprobaron las bases reguladoras del Torneo Escolar de Debate de la Comunidad de Madrid, una iniciativa orientada a fomentar la capacidad argumentativa y la expresión oral de los alumnos.
Para el curso 2024-2025 se ha publicado la Orden 424/2025, de 20 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca el XVI Torneo Escolar de Debate de la Comunidad de Madrid correspondiente al curso escolar 2024-2025.
Constituida la comisión de selección el 11 de junio de 2025, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la citada Orden 991/2017, de 4 de abril, y reunida el 18 de junio de 2025, de conformidad con lo dispuesto en el dispongo undécimo de la citada Orden 424/2025, de 20 de febrero, se han comunicado los desistimientos expresos de participación de once solicitudes de centros educativos por parte de los interesados.
Así, de conformidad con lo previsto en los artículos 16.3 y 21 de la Orden 2053/2022, de 19 de julio, y el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,
DISPONGO
Primero
Declarar el desistimiento expreso de las solicitudes presentadas en los expedientes indicados en el Anexo.
Segundo
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.
Madrid, a 8 de octubre de 2025..El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (Orden 661/2025, de 9 de marzo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de marzo de 2025), la Directora General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, Beatriz Rodríguez Merchán.

(03/17.153/25)</texto>
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