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    <titulo>Madrid número 18. Procedimiento 962/2025</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>258</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18
106Madrid número 18. Procedimiento 962/2025
EDICTO
D./Dña. José Carlos González Arnal, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Instrucción n.o 18 de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves n.o 962/2025, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
SENTENCIA N.o 318/2025
Juez/magistrado-juez: D./Dña. Ángel José Lera Carrasco.
Lugar: Madrid.
Fecha: 30 de junio de 2025.
Vistos por mí, D./Dña. Ángel José Lera Carrasco, magistrado-juez de este Juzgado de Instrucción n.o 18 de Madrid, los presentes autos de Juicio sobre Delito Leve n.o 962/2025, contra D./Dña. AMIN ADEMAN, en los que ha sido parte el ministerio fiscal, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente sentencia.
FALLO
Que debo absolver y absuelvo a D./Dña. AMIN ADEMAN de los hechos aquí enjuiciados. Se declaran de oficio las costas procesales.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado y autorizado con firma de letrado.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
El/la juez/magistrado/a juez.
Publicación..Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Sr. magistrado-juez que la suscribe, estando celebrada audiencia pública; doy fe.
Y para que sirva de notificación a D./Dña. AMIN ADEMAN, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
En Madrid, a 13 de octubre de 2025.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/16.711/25)</texto>
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