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    <identificador>BOCM-20251028-23</identificador>
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    <departamento>CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA  Y UNIVERSIDADES</departamento>
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    <titulo>Crédito presupuestario ayudas
– Orden 4754/2025, de 9 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso 2025-2026 y se establece el plazo de presentación de solicitudes y el período subvencionable</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES
23ORDEN 4754/2025, de 9 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso 2025-2026 y se establece el plazo de presentación de solicitudes y el período subvencionable.
La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece en el artículo 4.5.c) que podrán concederse, de forma directa y con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. El órgano concedente deberá publicar la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, previa la tramitación del expediente de gasto que corresponda.
Mediante Acuerdo de 27 de noviembre de 2018 del Consejo de Gobierno, se aprobaron las normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa de las ayudas individualizadas de trasporte escolar.
A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, como órgano concedente de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995, de 8 de noviembre,
DISPONGO
Primero
El importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa, para el curso académico 2025-2026, de las ayudas individualizadas de transporte escolar es de 350.000 euros.
Segundo
Las referidas obligaciones se imputarán al subconcepto 48399 del Programa 323M “Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio”, del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para 2026.
Tercero
El período subvencionable correspondiente al crédito presupuestario disponible que figura en esta Orden es el curso académico 2025-2026.
Cuarto
Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial que se adjunta a esta Orden, y se podrán obtener y cumplimentar a través de la página web institucional de la Comunidad de Madrid www.comunidad.madrid . Las solicitudes deberán presentarse junto con el Anexo I de esta Orden (Certificado del Director del Centro o CET).
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Quinto
En lo referente a la obtención y tratamiento de los datos personales de los participantes en el procedimiento se atenderá al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y se respetará lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y demás normativa que resulte de aplicación.
Madrid, a 9 de octubre de 2025.
		El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, 		EMILIO VICIANA DURO
(03/16.823/25)</texto>
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