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    <titulo>– Tres Cantos. Organización y funcionamiento. Ordenanza movilidad</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
78Tres Cantos. Organización y funcionamiento. Ordenanza movilidad
El Pleno municipal de Tres Cantos, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de septiembre de 2025, acordó aprobar inicialmente la ordenanza municipal de movilidad y circulación en el término municipal de Tres Cantos.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 49, letra b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases de Régimen Local, se procede a la publicación del anuncio a fin de que se pueda examinar la ordenanza municipal de movilidad y circulación en el término municipal de Tres Cantos durante un plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante los cuales puede ser examinado el correspondiente expediente y presentarse reclamaciones y sugerencias dirigidas al Pleno. 
El texto del proyecto normativo aprobado inicialmente puede ser consultado en la web del Ayuntamiento de Tres Cantos, http://www.trescantos.es , en el apartado “Sede Electrónica-Tablón de anuncios-últimas publicaciones” y en atención del vecino en las dependencias municipales.
Tres Cantos, a 9 de octubre de 2025..La cuarta teniente de alcalde, M.ª del Mar Sánchez Chico de Guzmán.
(03/16.437/25)</texto>
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