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    <titulo>– Santorcaz. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SANTORCAZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
75Santorcaz. Régimen económico. Ordenanza fiscal
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 21 de octubre de 2025, acordó aprobar provisionalmente la modificación íntegra de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida de residuos sólidos urbanos, al objeto de adaptarla a lo dispuesto en la Ley 7/2022, de 8 de abril.
De conformidad con el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente se somete a información pública por el plazo de treinta días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinarlo y presentar reclamaciones que estimen oportunas. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, el acuerdo se considerará aprobado definitivamente.
En Santorcaz, a 21 de octubre de 2025..El alcalde-presidente, Rubén Gómez Buil.
(03/17.095/25)</texto>
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