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    <identificador>BOCM-20251022-19</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE</departamento>
    <rango>ORDEN</rango>
    <fecha_publicacion>2025/10/22</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2025/09/09</fecha_disposicion>
    <titulo>Concesión subvenciones
– Orden 2156/2025, de 9 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se revoca la subvención concedida al ayuntamiento de Venturada en virtud de la Orden 1558/2025, de 2 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se conceden ayudas para la digitalización y dotación de material a Unidades Activas de Ejercicio Físico definidas en el Programa de Prescripción de Actividad Física y Ejercicio Físico de la Comunidad de Madrid, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>252</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE</organismo>
    <tipo_disposicion>ORDEN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE
19ORDEN 2156/2025, de 9 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se revoca la subvención concedida al ayuntamiento de Venturada en virtud de la Orden 1558/2025, de 2 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se conceden ayudas para la digitalización y dotación de material a Unidades Activas de Ejercicio Físico definidas en el Programa de Prescripción de Actividad Física y Ejercicio Físico de la Comunidad de Madrid, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Vista el escrito del Ayuntamiento de Venturada, se constatan los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Mediante la Orden 672/2025, de 11 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a los ayuntamientos para la digitalización y dotación de material a unidades activas de ejercicio físico definidas en el Programa de Prescripción de Actividad Física y Ejercicio Físico de la Comunidad de Madrid, integrados en el componente 26 “fomento del sector deporte” de la inversión I01.P02 “Plan de Digitalización del Sector Deporte”, con cargo al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”, financiado por el fondo europeo, Next Generation EU, y se efectúa su convocatoria para 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 72, de 26 de marzo).
Segundo
Por Orden 1558/2025, de 2 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se conceden ayudas para la digitalización y dotación de material a Unidades Activas de Ejercicio Físico definidas en el Programa de Prescripción de Actividad Física y Ejercicio Físico de la Comunidad de Madrid, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, integrados en el componente 26 “fomento del sector deporte” de la inversión I01.P02 “Plan de Digitalización del Sector Deporte”, con cargo al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”.
Entre los ayuntamientos beneficiarios se encuentra el ayuntamiento de Venturada, al que se le adjudicaba el importe de 1.704,43 euros.
Tercero
Con posterioridad a la concesión, el ayuntamiento de Venturada ha presentado un escrito de renuncia a la subvención concedida.
A los anteriores hechos, son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte es el departamento de la Administración de la Comunidad de Madrid encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de Deporte, correspondiendo a su titular, entre otras, las competencias relativas al desarrollo, coordinación y control de ejecución de las políticas públicas del Gobierno en materia de Deporte, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería.
La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, dispone que el órgano competente para conceder subvenciones son los consejeros en el ámbito de la consejería correspondiente y de los órganos de gestión sin personalidad jurídica dependientes de ella.
El apartado quinto de la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, prevé la delegación en el titular de la Dirección General la revocación de subvenciones, cuando el importe de las mismas no supere los 150.000 euros.
Segundo
Por Orden 1558/2025, de 2 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se concede, entre otros, al ayuntamiento de Venturada, ayuda para la digitalización y dotación de material a Unidades Activas de Ejercicio Físico definidas en el Programa de Prescripción de Actividad Física y Ejercicio Físico de la Comunidad de Madrid, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, integrados en el componente 26 “fomento del sector deporte” de la inversión I01.P02 “Plan de Digitalización del Sector Deporte”, con cargo al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”.
Como se ha expuesto en los antecedentes, con posterioridad a la concesión, el ayuntamiento de Venturada ha presentado un escrito de renuncia a dicha subvención, por lo que de acuerdo al artículo 16 de la Orden 672/2025, de 1 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el apartado décimo de la Convocatoria, al ser una subvención de pago anticipado y renunciar a dicha subvención una vez publicada la Orden 1558/2025, de 2 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se conceden ayudas para la digitalización y dotación de material a Unidades Activas de Ejercicio Físico definidas en el Programa de Prescripción de Actividad Física y Ejercicio Físico de la Comunidad de Madrid, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, procede la revocación de la misma.
Por lo anterior, y en base a las competencias que tengo atribuidas y a lo dispuesto en la normativa citada, a propuesta de la Dirección General de Deportes,
DISPONGO
Revocar la subvención concedida al ayuntamiento de Venturada, por importe de 1.704,43 euros, por la Orden 1558/2025, de 2 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se conceden ayudas para la digitalización y dotación de material a Unidades Activas de Ejercicio Físico definidas en el Programa de Prescripción de Actividad Física y Ejercicio Físico de la Comunidad de Madrid, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con cargo al subconcepto 76309 “corporaciones locales” del programa presupuestario 336A del Presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid para 2025, correspondiente a la Dirección General de Deportes, al renunciar por escrito a dicha subvención.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Eficacia y medios de impugnación
El presente acto producirá efectos desde el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y contra el mismo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, directamente, el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer.
En Madrid, a 9 de septiembre de 2025..El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. C (Orden 1381/2021, de 16 de noviembre), el Director General de Deportes, Alberto Tomé González.
(03/16.516/25)</texto>
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