<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20251015-66</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2025/10/15</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Colmenarejo. Organización y funcionamiento. Composición junta gobierno local</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>246</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/bocm-20251015-66</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/10/15/BOCM-20251015-66.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/10/15/BOCM-20251015-66.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/10/15/BOCM-20251015-66.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/10/15/BOCM-20251015-66.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>COLMENAREJO</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COLMENAREJO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
66Colmenarejo. Organización y funcionamiento. Composición junta gobierno local
Vista la resolución de la Alcaldía número 718/2023, de fecha 23 de junio de 2023, y de la que se dio cuenta en la sesión plenaria extraordinaria de 30 de junio de 2023, por la que en virtud de lo dispuesto en los artículos 20.1.b) y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y los artículos 35.2 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se resolvió delegar las funciones en la Junta de Gobierno Local, y nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a los concejales siguientes:
1.	D.a Elisa de Pedraza Fernández del Pino, primera teniente de alcalde.
2.	D. José Jorge Martín Gómez, segundo teniente de alcalde.
3.	D. Juan Ramón Irurzun Morán, tercer teniente de alcalde.
4.	D. Ramón Jesús Vázquez Alfonso.
Vista la resolución de Alcaldía número 807/2025, de fecha 29 de septiembre de 2025, por la que se resuelve revocar las atribuciones delegadas en el concejal D. José Jorge Martín Gómez en materia de Hacienda, Personal, Régimen Interno y Contratación de conformidad con lo establecido en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 43 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
En virtud de lo dispuesto en los artículos 20.1.b) y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y los artículos 35.2 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
Primero..Modificar la composición de los miembros de la Junta de Gobierno Local acordada por resolución de Alcaldía número 718/2023, de fecha 23 de junio de 2023, nombrando miembro al concejal D. Andrés Manuel Arronte Sainz de los Terreros. La composición de la Junta de Gobierno quedaría como sigue:
1.	D.a Elisa de Pedraza Fernández del Pino, primera teniente de alcalde.
2.	D. Juan Ramón Irurzun Morán, segundo teniente de alcalde.
3.	D. Andrés Manuel Arronte Sainz de los Terreros, tercer teniente de alcalde.
4.	D. Ramón Jesús Vázquez Alfonso.
Segundo..Notificar personalmente la presente resolución al designado que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa; y remitir la resolución de nombramiento al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación en el mismo, igualmente publicar la resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por el alcalde. Y se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.
Tercero..Dar cuenta de la presente resolución en la próxima sesión ordinaria plenaria que se celebre.
Colmenarejo, a 2 de octubre de 2025..El alcalde, Fernando Juanas Cerrada.
(03/16.103/25)</texto>
</documento>