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    <titulo>– Bustarviejo. Organización y funcionamiento. Ordenanza bienestar animal</titulo>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>BUSTARVIEJO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
63Bustarviejo. Organización y funcionamiento. Ordenanza bienestar animal
Acuerdo del Pleno, de 27 de junio de 2025, del Ayuntamiento de Bustarviejo, por el que se aprueba definitivamente la ordenanza municipal que regula el bienestar animal.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la ordenanza municipal reguladora de bienestar animal, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.









































































Contra el presente Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Bustarviejo, a 2 de octubre de 2025..El alcalde, Tanausu Luis Perera.
(03/16.162/25)</texto>
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