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    <fecha_publicacion>2025/10/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Moralzarzal. Organización y funcionamiento. Mesa contratación</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>245</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>MORALZARZAL</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
87Moralzarzal. Organización y funcionamiento. Mesa contratación
Composición de la Mesa de Contratación Permanente de la Junta de Gobierno Local, cuando actúa como órgano de contratación por delegación de Alcaldía.
El 9 de julio de 2025 el alcalde-presidente dicta decreto número 2269/2025, cuya parte resolutiva indica:
“…
Modificar el decreto 2262/2025, de fecha 8 de julio de 2025, en su parte dispositiva segunda y en consecuencia modificar la composición de la presidencia de la Mesa de Contratación Permanente y específica como órgano de asistencia al órgano de contratación de la Alcaldía y por delegación de la Junta de Gobierno Local, quedando sus miembros conforme a la siguiente composición:
Presidente/a:
.	El segundo teniente de alcalde y concejal-delegado de Hacienda, Recursos Humanos y digitalización o teniente de alcalde que le sustituya.
Vocales:
.	Secretario/a general del Ayuntamiento o persona que le sustituya.
.	Interventor/a del Ayuntamiento o persona que le sustituya.
.	Vicesecretario-Interventor o persona que le sustituya.
.	Técnico/a de Gestión del Departamento Económico o persona que le sustituya.
Secretario/a.
.	Funcionario/a adscrito al Área de Secretaría/Gestión de Contratación Pública. Quien actuará con voz y sin voto en la preparación de los asuntos de la mesa de contratación y en levantamiento del acta.
La mesa de contratación quedará válidamente constituida con la asistencia de la Presidencia, secretaría y los dos funcionarios con atribuciones en el asesoramiento jurídico y económico presupuestario.
Entre la convocatoria y la celebración de la sesión de la mesa de contratación deberá mediar al menos veinticuatro horas, siempre asegurando el acceso a la documentación y respeto al derecho de preparación, para la declaración de la voluntad de los miembros del órgano de contratación.
De las convocatorias de la mesa de contratación se dará traslado a los portavoces de los grupos municipales, quien podrán asistir a la misma sin voz ni voto…”.
Lo que se hace público para el general conocimiento.
En Moralzarzal, a 2 de octubre de 2025..El vicesecretario, Carlos Jaramillo Martín.
(03/16.039/25)</texto>
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