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    <titulo>– Parla. Organización y funcionamiento. Ordenanza</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE PARLA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
58Parla. Organización y funcionamiento. Ordenanza
El Ayuntamiento de Parla, reunido en sesión celebrada el día 10 de julio de 2025, ha aprobado de forma provisional y de forma definitiva si no se presentaran reclamaciones, la ordenanza municipal reguladora del absentismo escolar del Ayuntamiento de Parla.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, lo que se hace público para general conocimiento durante el plazo de treinta días hábiles en el tablón de anuncios en la página web del Ayuntamiento de Parla, previa inserción el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante los cuales los interesados podrán examinarlas y presentar reclamaciones, haciéndose constar que si durante el plazo de exposición pública, no se hubieran presentado reclamaciones, la ordenanza podrá elevarse a definitivo.
Lo que se explica a los efectos oportunos.
En Parla, a 26 de septiembre de 2025..La concejala-delegada, del Área de Educación, Infancia, Adolescencia, Inclusión y Agenda 2030, Isabel María Ávila Fernandez.
(03/15.613/25)</texto>
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