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    <titulo>– Colmenar de Oreja. Régimen económico. Padrón fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>COLMENAR DE OREJA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COLMENAR DE OREJA
RÉGIMEN ECONÓMICO
52Colmenar de Oreja. Régimen económico. Padrón fiscal
La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 1 de octubre de 2025, aprobó la ampliación del plazo del período voluntario de pago, hasta el 30 de noviembre de 2025, de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva correspondientes al ejercicio 2025 y que finalizaban el 31 de octubre.
Esta ampliación afecta a los siguientes tributos:
.	Impuesto sobre actividades económicas.
.	Tasa de basuras.
.	Tasa de alcantarillado.
.	Tasa de vados permanente.
El plazo voluntario de dichos padrones, inicialmente previsto hasta el 31 de octubre de 2025, se amplia de forma excepcional hasta el 30 de noviembre de 2025, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de la ciudadanía.
Colmenar de Oreja, a 2 de octubre de 2025..El alcalde-presidente, Miguel Ángel Pulido Cobos.
(01/15.926/25)</texto>
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