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    <titulo>– Villalbilla. Organización y funcionamiento. Ordenanza Convivencia Ciudadana</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VILLALBILLA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
79Villalbilla. Organización y funcionamiento. Ordenanza Convivencia Ciudadana
Aprobado el inicio de la modificación de la ordenanza municipal reguladora para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el municipio de Villalbilla, por Acuerdo del Pleno de 18 de septiembre de 2025, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de su publicación mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento, para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el texto del reglamento municipal estará a disposición de los interesados en el portal web del Ayuntamiento: https://www.villalbilla.es ; Portal de transparencia; Proyectos en tramitación.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de la mencionada Ordenanza sin necesidad de acuerdo expreso.
En Villalbilla, a 19 de septiembre de 2025..El secretario general, Ildefonso Montero Tineo.
(03/15.004/25)</texto>
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