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    <titulo>– Navacerrada. Régimen económico. Presupuesto general</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
54Navacerrada. Régimen económico. Presupuesto general
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto general del ejercicio 2025, se publica el resumen por capítulos del mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 90 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se publica anexo relativo a la plantilla del personal aprobada para el ejercicio 2025.




Las personas y entidades legitimadas podrán interponer, contra la aprobación definitiva del referenciado presupuesto, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Navacerrada, a 18 de septiembre de 2025..El alcalde-presidente, Pablo Luis de Todos los Santos Jorge Herrero.
(03/14.906/25)</texto>
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