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    <titulo>– Venturada. Organización y funcionamiento. Reglamento Fondo Acción Social</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>VENTURADA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VENTURADA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
47Venturada. Organización y funcionamiento. Reglamento Fondo Acción Social
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio del Reglamento del Fondo de Acción Social del Ayuntamiento de Venturada, de 13/6/2025, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
















Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Venturada, a 25 de agosto de 2025..La primer teniente de alcalde (por delegación de Alcaldía 2025-1000, de 22 de agosto de 2025), Yolanda Calles Martínez.
(03/13.635/25)</texto>
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