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    <departamento>UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS</departamento>
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    <fecha_publicacion>2025/09/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Extracto convocatoria subvenciones
– Extracto de la Resolución de 28 de julio de 2025, por la que se convocan ayudas al estudio para personas refugiadas en la Universidad Rey Juan Carlos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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C) Otras Disposiciones
UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS
24EXTRACTO de la Resolución de 28 de julio de 2025, por la que se convocan ayudas al estudio para personas refugiadas en la Universidad Rey Juan Carlos.
BDNS: 853174
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero
Beneficiarios
Esta convocatoria está dirigida a estudiantes refugiados, apátridas, solicitantes de alguna de estas condiciones, aquellos que tienen o han solicitado algún tipo de protección subsidiaria conforme al artículo 4 de la Ley 12/2009 o nacionales de países en conflicto.
Segundo
Objeto
Solicitud de ayudas al estudio en régimen de concurrencia competitiva para personas refugiadas, apátridas, solicitantes de alguna de estas condiciones, o aquellas que tienen o han solicitado algún tipo de protección subsidiaria conforme al artículo 4 de la Ley 12/2009 y que deseen cursar estudios de grado o de posgrado en la URJC.
Los conceptos a los que pueden ser concedidas ayudas dentro de esta convocatoria son los siguientes:
.	Tasas y precios públicos de matrícula.
.	Asignación para alojamiento (máximo de 350 Euros mensuales durante los meses necesarios para cursar los estudios).
.	Asignación para manutención (máximo de 150 Euros mensuales durante los meses necesarios para cursar los estudios).
.	Cursos de español en el Centro Universitario de idiomas.
.	Atención psicológica, social, pedagógica o sanitaria en las clínicas de la URJC y de cualquier tipo de Necesidades Educativas Especiales gestionadas por la Unidad de Atención a la Discapacidad y NEE de la URJC.
Tercero
Bases reguladoras
La convocatoria se regula por las bases publicadas en el Tablón de anuncios electrónico de la Universidad Rey Juan Carlos.
Cuarto
Cuantía
El Vicerrectorado de Responsabilidad Social, Cultura y Deporte de la Universidad Rey Juan Carlos aportará 25.000 euros con cargo a su aplicación presupuestaria 30.VC.CE.CI.423B.483.00 “Becas, formación y otras”.
Esta dotación económica podría verse incrementada en la misma aplicación presupuestaria con dotación adicional aprobada desde el propio Vicerrectorado de Responsabilidad Social, Cultura y Deporte en fecha anterior a la resolución de concesión de las ayudas, según reza el artículo 58.2 (regla a, supuesto 4.o) del Reglamento de la Ley General de Subvenciones (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones).
En caso de no ser adjudicada la totalidad de la cantidad dispuesta, el importe no adjudicado quedará liberado para poder ser utilizado en la ejecución de otro tipo de becas o ayudas gestionadas desde el Vicerrectorado de Calidad y Estrategia.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de la solicitud se abrirá al día siguiente de la publicación del extracto de las bases de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que también se anunciará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, como establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El plazo permanecerá abierto durante veinte días naturales.
Móstoles, a 28 de julio de 2025..El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Abraham Duarte Muñoz.
(03/13.630/25)</texto>
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