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    <titulo>– Móstoles. Régimen económico. Bases concesión subvenciones</titulo>
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AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES
RÉGIMEN ECONÓMICO
51Móstoles. Régimen económico. Bases concesión subvenciones
Extracto del acuerdo 48/714, de la Junta de Gobierno Local, de 8 de agosto de 2025, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones de la Concejalía de Juventud, Familia, Igualdad y Cooperación en concepto de “Ayudas a las familias para el fomento de la natalidad, por nacimiento o adopción”, del municipio de Móstoles, ejercicio 2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de las bases de esta convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en el tablón de edictos convencional del Ayuntamiento de Móstoles, web de Familia FamiliaMostoles@ayto-mostoles.es  y Sede Electrónica del Ayuntamiento de Móstoles https://www.mostoles.es/SEDE_ELECTRONICA/es/tramites-gestiones/ayudas-subvenciones 
Primero.  Objeto..El Ayuntamiento de Móstoles tiene como objetivo prioritario el apoyo a las familias del municipio y con este fin, se inicia esta convocatoria de ayudas económicas promovidas por el Área de Familia, de la Concejalía de Juventud, Familia, Igualdad y Cooperación y concedidas por el Ayuntamiento de Móstoles. 
Segundo.  Beneficiarios..Familias que, cumpliendo los requisitos establecidos en estas bases, hubieran tenido un/a hijo/a durante el periodo subvencionable (del 1 de julio de 2024 a 30 de junio de 2025, ambos incluidos) o hubieran adoptado un/a menor durante este periodo, con independencia de la edad de éste/a, siempre que sea menor de edad. Deben estar empadronadas y ser residentes en Móstoles.
Tercero.  Régimen aplicable..La concesión de las subvenciones reguladas en esta convocatoria se realizará por el procedimiento de concurrencia competitiva.
Cuarto.  Crédito presupuestario..La cuantía total de la ayuda económica a familias para el fomento de la natalidad, por nacimiento o adopción, asciende a 85.000 euros, consignados en la aplicación presupuestaria 52-2318-48943, del Presupuesto de Gastos del Área de Familia.
Quinto.  Plazo de presentación..La solicitud de subvención (Anexo I) se presentarán dentro de los 20 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto.  Publicidad..Se publicará el texto íntegro de estas bases reguladoras y demás documentación anexa en el tablón de edictos convencional del Ayuntamiento de Móstoles, web de Familia FamiliaMostoles@ayto-mostoles.e s y Sede Electrónica del Ayuntamiento de Móstoles https://www.mostoles.es/SEDE_ELECTRONICA/es/tramites-gestiones/ayudas-subvenciones 
En Móstoles, a 11 de agosto de 2025..La concejal-delegada de Juventud, Familia, Igualdad y Cooperación, Marta Bastarreche Hernández.
(03/13.196/25)</texto>
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