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    <titulo>– Aranjuez. Organización y funcionamiento. Ordenanza</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
44Aranjuez. Organización y funcionamiento. Ordenanza
El Pleno de esta Corporación Municipal, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de julio de 2025, aprobó inicialmente la ordenanza reguladora de las prestaciones económicas y en especie del Sistema Público de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Aranjuez y, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que los interesados puedan examinar el expediente y formular reclamaciones, alegaciones y sugerencias.
En el supuesto de que no se presenten reclamaciones, alegaciones o sugerencias, no será necesaria la adopción de nuevo acuerdo plenario y la citada ordenanza se considerará aprobada definitivamente, de conformidad con el artículo 49 de la citada Ley 7/1985.
El expediente puede consultarse en el tablón de Edictos del Ayuntamiento de Aranjuez, sito en la plaza de la Constitución, s/n.
Aranjuez, a 31 de julio de 2025..La concejal-delegada de Bienestar Social, María Mercedes Rico Téllez.
(03/12.761/25)</texto>
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