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    <titulo>– Soto del Real. Régimen económico. Ordenanza venta ambulante</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>187</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>SOTO DEL REAL</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SOTO DEL REAL
RÉGIMEN ECONÓMICO
77Soto del Real. Régimen económico. Ordenanza venta ambulante
Aprobándose provisionalmente por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 24 de julio de 2025, la siguiente  modificación ordenanza municipal reguladora de la venta ambulante.
Conforme a lo previsto en los artículos 55 y 56 del R.D. L. 781/1986 de 18 de abril, en relación con el 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se exponen al público durante un plazo de un mes para la presentación de reclamaciones y sugerencias, a contar desde el siguiente al de la inserción del presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Pleno del Ayuntamiento, en la Secretaría Municipal en horas de oficina. En caso de no presentarse aquellas, el presente acuerdo se entenderá elevado a definitivo. 
En Soto del Real, a 28 de julio de 2025..La alcaldesa, Noelia Barrado Olivares.
(03/12.452/25)</texto>
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