<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20250807-50</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2025/08/07</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Alcorcón. Otros anuncios. Notificación</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>187</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/bocm-20250807-50</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/08/07/BOCM-20250807-50.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/08/07/BOCM-20250807-50.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/08/07/BOCM-20250807-50.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/08/07/BOCM-20250807-50.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ALCORCÓN</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN
OTROS ANUNCIOS
50Alcorcón. Otros anuncios. Notificación
Por acuerdo de Pleno de esta Corporación, adoptado en sesión celebrada el día 28 de mayo de 2025, se aprobó la rectificación de errores a que se refiere el artículo 69.bis de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, sobre los planos 2G y 3G del PGOU de 1999, al ser erróneos de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, cuya ordenación se sustituye, en relación a las fincas registrales 6491, 6493, 26604, 57563, 57565, 57567, 57569 del Registro de la Propiedad número 2 de Alcorcón (Edificio Zarauz T-once), propiedad de D. Francisco Palacio Ruiz y Dña. Ana Díaz Cruzado con carácter ganancial, por los correlativos del PGOU de 1987. Se significa que considerando agotados los parámetros de ocupación, edificabilidad, número de plantas y número de viviendas, no pueden por tanto alterarse estos factores urbanísticos del PGOU de 1987, manteniéndose el aspecto unitario y de armonía del conjunto. A estos efectos, se incluye un Código “PD” en la rectificación.
Lo que se hace público para general conocimiento y demás efectos, haciendo saber que este acto agota la vía administrativa y contra el mismo se podrá interponer el siguiente recurso:
Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer, en su caso, cualquier otro que se estime procedente. La interposición de los recursos mencionados no suspende, por sí sola, la ejecución del acto administrativo.
Conforme establece el apartado tercero de la parte dispositiva del repetido acuerdo, se procede a publicar la parte normativa de la rectificación.




En Alcorcón, a 26 de junio de 2025-El concejal de Agenda Urbana, Planificación, Desarrollo y Mantenimiento, Miguel Ángel González García.
(02/12.430/25)</texto>
</documento>