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    <identificador>BOCM-20250806-9</identificador>
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    <fecha_publicacion>2025/08/06</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2025/07/21</fecha_disposicion>
    <titulo>Cese y nombramiento
– Orden 2337/2025, de 21 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se dispone el cese y nombramiento de un vocal del Consejo de Cooperación al Desarrollo de la Comunidad de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES
9ORDEN 2337/2025, de 21 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se dispone el cese y nombramiento de un vocal del Consejo de Cooperación al Desarrollo de la Comunidad de Madrid.
La presente Orden se dicta en base a la memoria justificativa aprobada por el Director General de Servicios Sociales e Integración con fecha 16 de julio de 2025.
Mediante el Decreto 135/2018, de 4 de septiembre, del Consejo de Gobierno, se crea el Consejo de Cooperación al Desarrollo de la Comunidad de Madrid como el órgano colegiado de consulta y participación en materia de cooperación al desarrollo, adscrito a la consejería competente en esta materia.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 135/2018, de 4 de septiembre, el Pleno del Consejo de Cooperación al Desarrollo estará integrado por el Presidente, que será el titular de la consejería competente en materia de cooperación al desarrollo, el Vicepresidente, que será el titular de la dirección general competente en materia de cooperación para el desarrollo, y diecisiete vocales, uno de ellos, en representación de la Red de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de Madrid, designado por la Junta directiva de la Red de ONGD de Madrid.
El apartado 4 de este mismo artículo 4 prevé que los vocales serán nombrados por el titular de la consejería competente en materia de cooperación al desarrollo.
Mediante la Orden 253/2024, de 14 de febrero, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, se nombran vocales del Consejo de Cooperación al Desarrollo de la Comunidad de Madrid, y entre ellos, en representación de la Red de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de Madrid, previa designación de la Junta directiva de la Red de ONGD de Madrid, a doña Sonsoles García-Nieto Rivero Presidenta de la Red de ONGD de Madrid.
Una vez conocida la expiración del mandato de doña Sonsoles García-Nieto Rivero, se solicita nueva designación de vocal en representación de la Red de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de Madrid. En respuesta a la solicitud, la Junta directiva de la Red de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de Madrid, designa como vocal a doña Olga Calonge Angoy, presidenta de la Red de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo.
En virtud de lo expuesto, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 4.4 del Decreto 135/2018, de 4 de septiembre,
DISPONGO
Primero
Cesar como vocal del Consejo de Cooperación al Desarrollo de la Comunidad de Madrid, en representación de la Red de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de Madrid, a doña Sonsoles García-Nieto Rivero.
Segundo
Nombrar como vocal del Consejo de Cooperación al Desarrollo de la Comunidad de Madrid, en representación de la Red de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de Madrid, previa designación por la Junta directiva de la Red de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de Madrid de conformidad con el artículo 4.1.b) del Decreto 135/2018, de 4 de septiembre, por el que se crea el Consejo de Cooperación al Desarrollo de la Comunidad de Madrid, a doña Olga Calonge Angoy, Presidenta de la Red de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo.
El vocal nombrado lo será por el tiempo restante hasta la finalización del mandato del vocal al que sustituye, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.3 del Decreto 135/2018, de 4 de septiembre.
Tercero
La presente Orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 21 de julio de 2025.
		La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, 		ANA DÁVILA-PONCE DE LEÓN MUNICIO
(03/12.130/25)</texto>
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