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    <titulo>– Valdemorillo. Régimen económico. Subvenciones nominativas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VALDEMORILLO
RÉGIMEN ECONÓMICO
72Valdemorillo. Régimen económico. Subvenciones nominativas
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y conforme al artículo 177.2 del citado texto legal, se hace público que, habiéndose sometido a información pública el acuerdo plenario de fecha 19 de junio de 2025 de aprobación inicial del expediente de modificación de la base 53.1C de las bases de ejecución del presupuesto de Valdemorillo de 2025, “Subvenciones de concesión directa”, cuyo anuncio de aprobación inicial fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 148, de fecha 23 de junio de 2025 y habiéndose presentado alegaciones frente al mismo en el período correspondiente, el Pleno de este Ayuntamiento en sesión de fecha 24 de julio de 2025, ha acordado la resolución de las citadas alegaciones o reclamaciones presentadas durante dicho período, en los términos de referencia en el expediente, así como la aprobación definitiva de la citada base de ejecución 53.1C, quedando redactada como se transcribe a continuación:
“(…) C.1 Concesión directa:
Se podrán conceder de forma directa las subvenciones en los siguientes supuestos:
.	Aquellos que estén previstos nominativamente en el presupuesto general de esta Corporación. A estos efectos se consideran, únicamente, subvenciones nominativas del Ayuntamiento de Valdemorillo las siguientes:

(…)”
En Valdemorillo, a 24 de julio de 2025..El alcalde, Santiago Villena Acedos.
(01/12.346/25)</texto>
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