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    <titulo>– Brunete. Régimen económico. Ordenanza general gestión</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>BRUNETE</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BRUNETE
RÉGIMEN ECONÓMICO
60Brunete. Régimen económico. Ordenanza general gestión
Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo provisional de la modificación de la ordenanza general de gestión, recaudación e inspección, sin que se hayan presentado reclamaciones, se entiende definitivamente aprobada, de conformidad con el artículo 17 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, haciéndose público el texto íntegro de la ordenanza que incluye la modificación aprobada, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra la modificación de la ordenanza anexa, los interesados podrán interponer el correspondiente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establece la Ley reguladora de dicha jurisdicción.
MODIFICACIÓN DE ORDENANZA GENERAL DE GESTIÓN, RECAUDACIÓN E INSPECCIÓN
Se modifica el artículo 41.2.b) de la siguiente forma:
“b)	La apertura del plazo recaudatorio cuando se trate de tributos de cobro periódico que son objeto de notificación colectiva.
El calendario fiscal de los tributos periódicos colectivos de este municipio que se establece el plazo de ingreso voluntario es:

Brunete, a 16 de julio de 2025..La alcaldesa, María del Mar Nicolás Robledano.
(03/11.857/25)</texto>
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