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    <titulo>– Pozuelo de Alarcón. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
55Pozuelo de Alarcón. Régimen económico. Ordenanza fiscal
En ejecución del acuerdo plenario correspondiente, a tenor de lo establecido en los artículos 122.5.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 43.2.d) del Reglamento Orgánico del Pleno de Pozuelo de Alarcón y de conformidad con el artículo 49 de la disposición primeramente citada, se anuncia que el Pleno, en sesión de 23 de julio de 2025, ha aprobado inicialmente la modificación parcial de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida y tratamiento de residuos y la modificación parcial de la ordenanza fiscal general de gestión, inspección, revisión y recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho público del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
Durante el período de información pública por plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, los interesados podrán examinar el expediente en la Secretaría General del Pleno y formular las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
Pozuelo de Alarcón, a 23 de julio de 2025..El secretario general del Pleno, Gonzalo Cerrillo Cruz.
(03/12.244/25)</texto>
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