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    <titulo>– El Escorial. Organización y funcionamiento. Ordenanza usos medios electrónicos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>EL ESCORIAL</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE EL ESCORIAL
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
46El Escorial. Organización y funcionamiento. Ordenanza usos medios electrónicos
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo del Pleno de la Corporación, adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 7 de mayo de 2025, por el que se aprobó inicialmente la “Ordenanza reguladora del uso de los medios electrónicos del Ayuntamiento de la Leal Villa de El Escorial”, cuyo texto íntegro se hace público para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, entrando en vigor una vez se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, quedando como sigue, según documento adjunto:











































Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados Recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro que se estime conveniente.
En El Escorial, a 15 de julio de 2025..La concejal-delegada de Régimen Interior, Vanesa Herranz Benito.
(03/11.704/25)</texto>
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