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    <titulo>– Ajalvir. Organización y funcionamiento. Ordenanza tenencia animales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>AJALVIR</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE AJALVIR
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
47Ajalvir. Organización y funcionamiento. Ordenanza tenencia animales
Aprobada inicialmente la modificación de la ordenanza general reguladora de tenencia y protección de animales en el término municipal de Ajalvir por acuerdo del Pleno de fecha 3 de julio de 2025, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de 30 días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
La presente ordenanza se tramita con la justificación de la omisión del trámite de consulta previa en virtud de lo preceptuado en el artículo 133.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
En Ajalvir, a 22 de julio de 2025..El alcalde, Víctor Miguel Malo Gómez.
(03/12.149/25)</texto>
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