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    <titulo>– Villalbilla. Personal. Plantilla personal</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VILLALBILLA
PERSONAL
80Villalbilla. Personal. Plantilla personal
El Pleno del Ayuntamiento de Villalbilla, en sesión celebrada en fecha 29 de mayo de 2025, aprobó inicialmente la modificación de la plantilla y la relación de puestos de trabajo, en lo que respecta a la creación del puesto con denominación Técnico/a de Patrimonio, Contratación y Servicios Generales. Así mismo, a la redefinición de las funciones y a la modificación de las fichas de la Relación de Puestos de Trabajo de los puestos con denominación: Arquitecto/a Municipal; Auxiliar Administrativo/a adscrito a la Unidad de Educación, Festejos, Desarrollo Local, Formación, Fomento y Nuevas Tecnologías; Ingeniero/a Técnico/a de Obras Públicas y Oficial/a Secretaría. Por otro lado, se procede a la reconversión y amortización de la plaza de Técnico/a de Gestión, Subgrupo A2, correspondiente al puesto en RPT de Técnico/a de Servicios Jurídicos y Contratación, Escala Administración General para la creación de la plaza de Técnico/a de Administración General del Subgrupo A1, correspondiendo al puesto en RPT de Adjunto/a Secretaría General y Urbanismo, integrada en la Subescala de Administración General / Funcionario de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
Dicha modificación se encuentra publicada en la sede electrónica, dirección:
https://aytovillalbilla.sedelectronica.es/transparency/8d219c36-0459-41f8-a319-553f4c5977e5/e Electrónica de Villalbilla
Sometido el acuerdo al trámite de información pública y no habiéndose presentado alegaciones dentro de plazo, por Resolución de la Alcaldía número 2025-1388, de fecha 16 de julio de 2025, se ha procedido a elevar automáticamente a definitivo el acuerdo inicial, lo que se hace público para general conocimiento, advirtiendo a los interesados que:
.	Contra el acuerdo de aprobación definitiva en relación con la modificación de la RPT, podrán los interesados interponer, alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Asimismo podrá ejercitar cualquier otro recurso que considere pertinente.
.	Contra el acuerdo de aprobación definitiva en relación con la modificación de la plantilla sólo cabrá recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 112.3 y 114.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Villalbilla, a 17 de julio de 2025..El secretario general del Ayuntamiento de Villalbilla, Ildefonso Montero Tineo.
(03/11.827/25)</texto>
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