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    <titulo>– Camarma de Esteruelas. Organización y funcionamiento. Ordenanza encierros taurinos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>CAMARMA DE ESTERUELAS</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CAMARMA DE ESTERUELAS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
47Camarma de Esteruelas. Organización y funcionamiento. Ordenanza encierros taurinos
Aprobada inicialmente la ordenanza municipal reguladora de la celebración de encierros taurinos por el campo en Camarma de Esteruelas, por acuerdo del Pleno de fecha 18 de julio de 2025, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://camarmadeesteruelas.sedelectronica.es ).
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Camarma de Esteruelas, a 18 de julio de 2025..La alcaldesa-presidenta, Ana Victoria Cruz Martín.
(03/11.940/25)</texto>
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