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    <titulo>– San Sebastián de los Reyes. Organización y funcionamiento. Acuerdo mercadillos municipales</titulo>
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    <organismo>SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
79San Sebastián de los Reyes. Organización y funcionamiento. Acuerdo mercadillos municipales
Conforme a lo dispuesto en el artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la publicación del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 1 de julio de 2025 del Régimen de funcionamiento de los mercadillos municipales, con el siguiente texto íntegro del acuerdo adoptado:





































Lo que se hace público para general conocimiento, significando que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la concejala-delegada de Innovación y Empleo, Recursos Humanos, Organización y Calidad y Consumo, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de Madrid de ese orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses, contados ambos desde el día siguiente de su notificación, sin que puedan simultanearse ambos recursos y sin perjuicio de la posibilidad de interponer cualquier otro recurso que estime procedente de conformidad con la Legislación vigente, sin que su interposición suspenda la ejecución de la resolución impugnada. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de un mes.
San Sebastián de los Reyes, a 3 de julio de 2025..La concejala-delegada de Innovación y Empleo, Recursos Humanos, Organización y Calidad y Consumo, Nuria Castro Crespo.
(03/11.073/25)</texto>
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