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    <titulo>– Villamanrique de Tajo. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>VILLAMANRIQUE DE TAJO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VILLAMANRIQUE DE TAJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
105Villamanrique de Tajo. Régimen económico. Ordenanza fiscal
Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta entidad, expediente de modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos, el Pleno de esta entidad, en sesión ordinaria celebrada el día tres de julio de 2025, acordó la aprobación provisional de la referida modificación de la ordenanza.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento: https://villamanriquedetajo.sedelectronica.es/ 
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Villamanrique de Tajo, a 4 de julio de 2025..La alcaldesa, Antonia Ayuso.
(03/11.045/25)</texto>
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